D. Nº. 7.510/2023.
VISTO: El Asunto número 104 de fecha 06 de abril de 2021: “I. de S. P/Of. 231/21, remite expediente Nº. 17.973/2018 caratulado: “Intendencia de Salto. Remite Proyecto de Decreto desafectar del uso público parcela de Arenitas Blancas padrón Nº. 19.120”
RESULTANDO: I) Que, por el mismo, los Sres. Matías Sebastián Martínez Rocha y Pamela Saucedo Ruelas, titulares del padrón Nº. 19.120 solicitan la desafectación del uso público de una pequeña parcela, un área (23.11 m2) de la calle, que se ubica frente al ingreso de la vivienda correspondiente al precitado padrón, para un mejor acceso a la misma.
II) Que los solicitantes esgrimen que no afectaría la normal convivencia con vecinos, por estar la vivienda ubicada en una bocacalle, sin viviendas contiguas al padrón.
III) Que luce agregado en el expediente del VISTO, láminas complementarias, realizándose el estudio por los técnicos del Departamento de Obras.
IV) Que la Dirección del Departamento de Obras, expresa que, habiéndose incumplido con la normativa de Ordenamiento Territorial, se remite a Jurídica a efectos de considerar una posible demolición o cobro de plusvalía.
V) Que el asesoramiento Técnico Legal del Área Jurídica informa que el interesado comunicó su voluntad de comprar la franja de terreno ocupada en forma irregular.
VI) Que luce agregado la tasación realizada por Técnico Constructor de la Intendencia.
CONSIDERANDO: Que la administración entiende conveniente que se proceda a la desafectación de un área (23.11 m2) de la calle, ubicada frente a la vivienda construida sobre el padrón Nº. 19.120 y su posterior venta en referencia a la tasación efectuada, por lo que elevó a la Corporacion.
ATENTO: a lo expuesto, a lo establecido por el artículo 37 num. 2 de la Ley 9.515 y a lo informado por la Comisión de Legislación y Reglamento.
LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE SALTO
DECRETA:
Artículo 1º.- Autorizar a la Intendencia de Salto, para desafectar del uso público un área (23.11 m2) que se ubica frente al ingreso de la vivienda, ubicada en Arenitas Blancas, Departamento de Salto, correspondiente al padrón Nº. 19.120, manzana catastral 1180.
Artículo 2º.- Facúltase a la Intendencia de Salto a enajenar el área indicada en el artículo 1º. del presente, por un valor de U$S 2.923 (dólares americanos dos mil novecientos veintitrés), quedando a cargo del comprador la generación de todo tipo de gastos, planos, mensura, escritura, etc.
Art. 3º.- Comuníquese, etc.
SALA DE SESIONES «GRAL. JOSÉ ARTIGAS» DE LA JUNTA DEPARTAMENTAL EN SALTO, A DIECIOCHO DE MAYO DE DOS MIL VEINTITRÉS.
Mtro. Gonzalo Rodríguez Galvalisi
Presidente
Sr. Fernando Menoni Sosa
Director General
Salto, 18 de mayo de 2023.
Este Decreto contó para su aprobación en general y en particular con 28 votos en 28 Sres. Ediles presentes en Sala.
Sr. Fernando Menoni Sosa
Director General